Los servicios del Costo de Limpieza Usuario por Suscriptor (CLUS) (Corte de césped, Lavado de áreas públicas, y otros Servicios complementarios) están regulados por la Resolución 720 de 2015, una normativa clave que define el marco tarifario aplicable a los operadores del servicio público de aseo en Colombia. Esta resolución garantiza que la prestación de estos servicios se realice bajo criterios de eficiencia, calidad y transparencia, permitiendo a los usuarios conocer con claridad los costos.
- Corte de césped:
Esta actividad se desarrolla con el fin de realizar el corte del pasto en las áreas verdes públicas: separadores viales, vías de tránsito automotor y peatonales; glorietas, y demás áreas verdes ubicadas en la red de andenes, parques y áreas públicas sin restricciones de acceso público. Mediante el uso de equipos mecánicos y manuales.
- Poda de árboles:
Es la actividad del servicio público de aseo que consiste en el corte de ramas de los árboles en áreas y vías públicas sin restricciones de acceso, como en los separadores en vías de tránsito, andenes y corredores peatonales, zonas y parques públicos; sobre árboles con altura superior a dos metros, con el fin de retirar las ramas que puedan generar afectaciones a la movilidad urbana y a la comunidad; mediante el uso de equipos manuales o mecánicos, que incluye la recolección y transporte del material obtenido hasta las estaciones de clasificación y aprovechamiento o disposición final.
- Lavado de áreas Públicas:
Es la actividad del lavado de parques, plazas y zonas de alta afluencia peatonal.
- Instalación de canastillas:
Empresa de Aseo de Chigorodó E.S.P. instala canastillas peatonales, en las vías y áreas públicas, para almacenamiento exclusivo de residuos sólidos como: cigarrillos, empaques pequeños de comestibles, vasos desechables, entre otros.
producidos por los transeúntes. además del lavado, mantenimiento y recolección de los residuos depositados.